CONCLUSIONES DEL COMITÉ CONTRA LA TORTURA

El Comité Contra la Tortura (CAT) compuesto de diez expertos independientes de alta calificación, que cautela el cumplimiento de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes -a la que Chile suscribió en 1988- recomendó en abultadas ocho carillas una serie de medidas prácticas después de sopesar el informe periódico y de quejarse de que el gobierno de la Concertación se había demorado diez años en presentarlo. En Ginebra, el país deberá presentar respuestas precisas en octubre del año próximo. Hagamos memoria y recordemos que este Comité estimó que el primer informe del Gobierno Militar de Chile (presentado en 1989) adolecía de graves insuficiencias, por lo cual solicitó a las autoridades chilenas un informe complementario que debía presentarse al año siguiente.
Pensando que el tema más urgente a debatir en Chile es el que se relaciona con la Comisión Nacional sobre Tortura y Prisión Política, haremos una síntesis de lo que el CAT escribió sobre este acápite, sin pretender silenciar temas tan importantes como la demanda del CAT de reformar la Constitución y de abolir las leyes de amnistía. La importancia de sus recomendaciones reflejan la distancia que tendrá que recorrer el Estado parte para poder acercarse a un mejor entendimiento con el órgano de vigilancia de esta Convención.
El Comité Contra la Tortura destaca de manera positiva la creación de la Comisión Nacional sobre Tortura y Prisión Política para identificar a las personas que fueron privadas de libertad, y o torturadas por razones políticas durante la dictadura militar chilena, así como las seguridades del representante del Estado parte de que la existencia de la comisión se extendería hasta permitirle completar su trabajo.
Entres las preocupaciones de los miembros del CAT, en este mismo tema, se señalan los expertos el mandato limitado otorgado a dicha Comisión.
Entre los detalles de su descontento anotan:
a.- El corto periodo de tiempo dado a las víctimas para hacer sus declaraciones lo que no ha permitido presentarse a todas las víctimas.
b.- La falta de claridad sobre lo que la Comisión acepta como formas de tortura.
c.-El rechazar reclamos que no se hicieran personalmente, sin tomar en cuenta que algunas victimas pueden tener incapacidades permanentes.
d.-Marginar de las indemnizaciones a personas que hayan recibido otra reparación por otro concepto.
e.- Finalmente, expresan su preocupación porque esta Comisión no tiene facultades para investigar las denuncias para poder identificar a los responsables y enjuiciarlos.
Entre las recomendaciones del CAT a Chile está la de prolongar los términos y el mandato de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, para permitir presentar sus denuncias a las víctimas de todas las formas de tortura, incluyendo a las víctimas de violencia sexual.
Para lo cual especifica que se debe:
1.- Tomar medidas para publicitar el trabajo de la Comisión, utilizando todos los medio de información y clarificar la definición de tortura, haciendo una lista no exhaustiva, e incluyéndola en el formulario para especificar las formas de tortura, con la violencia sexual incorporada.
2.-Garantizar a las víctimas privacidad cuando acudan a entregar su testimonio y que los habitantes rurales o incapacitados de hacer la denuncia personalmente puedan hacerlo con facilidades.
3.-Incluir en el informe final de la Comisión datos estadísticos ordenados por sexo, edad, tipo de tortura, etc.
4.- Considerar extender el mandato de esta Comisión para permitir las investigaciones y, cuando corresponda, iniciar juicio penal en contra de los responsables denunciados.
Además pide que se establezca adecuada y justa reparación para las victimas de la tortura, incluyendo rehabilitación y compensación.
En otros párrafos de las Conclusiones y Recomendaciones se arremetió contra la austera y simbólica oferta presidencial asegurando que lo que corresponde es, y cito lo que dice la Convención en el artículo 14.1. : "...el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible".
Se confía en que el Estado de Chile dé su nuevo Informe en Ginebra a fines de octubre del 2005 al Palais Wilson, sede del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, en la ribera del lago Lemán.
Ahora corresponderá a las ONGs y otras instancias preocupadas por lo derechos humanos el hacer avanzar esta demanda internacional en el seno de la sociedad chilena. Es urgente que dicho plazo sea prolongado, tal como lo han venido solicitando en numerosas formas los interesados, petición que ha recibido el espaldarazo de esta alta instancia internacional.


Fuente: Representante permanente AICT, Fernando Ruiz, Portal del Pluralismo, Santiago de Chile, 28 mayo 2004