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Acusan a ex oficial de Ejército por homicidio calificado de Jorge Parra Diario El Pinguino, Punta Arenas 24 de Enero 2011.- La ministra instructora de primera instancia de la Corte de Apelaciones, Beatriz Ortiz, presentó acusación en contra del oficial en retiro del Ejército, Eduardo Rafael Mancilla Martínez, como autor del delito de homicidio calificado en perjuicio de Jorge Parra Alarcón. Delito perpetrado el 24 de octubre de 1973, durante la dictadura militar. Los antecedentes sobre los cuales la ministra basa su acusación están contenidos en la causa, elevada recientemente al estado de plenario, donde la ministra indica en su escrito que “se encuentra legalmente acreditado que el día 24 de octubre de 1973 un tercero, que se desempeñaba como teniente de Infantería en servicio activo del Ejército, cumpliendo órdenes de su superior jerárquico, trasladó en la camada de una camioneta, de propiedad de ENAP (Empresa Nacional del Petróleo), a Jorge Manuel Parra Alarcón, detenido en un centro de detención, en la localidad de Cerro Sombrero, quien se encontraba herido de bala, siendo trasladado hacia Porvenir y, en el trayecto, al advertir el teniente Eduardo Mancilla, quien iba en ese vehículo sentado al lado del chofer, movimientos de Parra en la camada del vehículo que lo transportaba, ordenó detener el móvil, bajándose de inmediato y procedió a propinar a aquel al menos dos disparos que le ocasionaron la muerte, hecho que configura el delito de homicidio calificado en la persona de Parra Alarcón, previsto y sancionado en el artículo 391 Nº1 del Código Penal”. Se adhiere Hace poco la abogada del Programa Continuación Ley Nº 19.123 del Ministerio del Interior, Magdalena Garcés Fuentes, se adhirió a la acusación de la ministra Ortiz. Esta gestión la realizó en representación del programa indicado y solicita que “se apliquen las penas máximas establecidas en la legislación, teniendo en especial consideración la concurrencia de las circunstancias agravantes que se acreditaron”. Hace recuerdo a que “la víctima estaba detenida, herida y amarrada, sin posibilidad alguna de defenderse”. El delito “se ejecutó de noche y en despoblado, para garantizar la impunidad” y se usó un arma de fuego. La abogada pide para el autor del homicidio de Jorge Parra el máximo de la pena establecida en la legislación vigente. Después que el entonces ministro Solón Vigueras dictara el auto de procesamiento en contra del ex oficial del Regimiento Caupolicán ordenó la detención. Fue así que llegó a Punta Arenas y permaneció unos días detenido en el Regimiento Pudeto, hasta que su abogado defensor solicitó la libertad. Lo más complejo fue acreditar que los restos óseos exhumados en Porvenir correspondían a Parra, de entonces 38 años, jefe de talleres de mecánica de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) en Cerro Sombrero, lo que recién se logró con el examen de ADN que se realizó en Estados Unidos. El 20 de diciembre de 2005 se realizó la exhumación de los restos de Parra que se encontraban en el Cementerio Municipal de Porvenir, Tierra del Fuego. (En la foto Jorge Parra)
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